martes, 8 de octubre de 2013

El Tercer Mundo y los refugiados.

Aunque es sabido que refugidados son solamente los reconocidos como tales según la Convención de Ginerbra de 1951, cada vez más se emplea el término refugidado para incluir a los que huyen de la guerra, los graves desórdenes públicos y la violencia generalizada.
Junto a estos se incluyen también los sucesos que tienen su origen en la naturaleza, esto es, sequías, inundaciones, tierras devastadas por terremotos u otras razones y que se quedan inútiles para el sostenimiento de la población. En este caso se conoce a los afectados como refugiados ecológicos o medioambientales.
Los paises del Tercer Mundo, son los primeros generadores y a la vez receptores de refugidados y de desplazados internos. Basta con observar la situación de los mismos respecto de los derechos humanos para darse cuenta de que esto no sucede por casualidad.
Resulta, sin embargo, que los países desarrollados tienen una gran responsabilidad en el mantenimiento de este estado de cosas; ya que la explotación de las colonias y la dependencia comercial, industrial, tecnológica y financiera de los países menso desarrolldos se ven forzados a tener respecto de aquellso, explican la mayor parte de la enorme diferencia y de la penuria que padecen.
No cabe duda de que la corrupcion de sus líderes contribuye a empeorar la situación, así como la falta de un sistema político verdaderamente democrático.
Con estas estrechas relacioens entre unos y otros, resulta dificil ver el final a la violación de los derechos humanos y en consecuencia a la generación de refugiados.

La educación en la legislación sobre refugiados.

El ACNUR realizó hace unos años una de sus campañas de sensibilización en los países que acogen refugidados con un anuncio publicitario que insertó en varias revistas de difusión internacional.
La escena mostraba lo que parecía una situación de emergencia en una calle con una ambulancia y diverso material sanitario. La leyenda que acompañaba a la fotografía venía a decir que la educación es lo que nunca le pueden quitar a un refugiado.
Con ello quería el ACNUR dar a entender que un refugidado, incluso si se instala en un país apenas con la ropa que lleva encima, lo hace además con su caulificación, sus habilidades y sus conocimientos. Esto es algo que le será de la mayor utilidad para su nueva vida y también desde luego para el país receptor.
El ACNUR publicó en 1995 unas Directrices para la Asistencia Educativa a los Refugiados (documento PTSS/Junio 1995). En este documento se presenta información acerca de la política educativa del Alto Comisionado, las actuaciones educativas en casos de una gran afluencia de refugidos, las pautas en la adinistración de becas, y otras cuestiones de interés par alosq que trabajan en el sector de la enseñanza.
El punto de partida de estas directrices es la ley internacional sobre el derecho a la educación, o sea, ésta en cuanto derecho humano reconocido en la Declaración Universal.
Un paso más adelante, en la Convención de Ginebra la educación aparece recogida en el artículo 22 titulado "Educación Pública":
  • El primer apartado dice que los Estados Firmantes darán a los refugiados el mismo trato que da a los nacionales con respeto a la educación elemental.
  • El segundo dice que los Estados Firmantes darán a los refugidados un trato tan favorable como sea posible, y en cualquier caso no menos favorable que el que da generalmente a los extranjeros en las mismas circunstancias, en lo que se refiere a la educación no elemental y, en particular, en cuanto al acceso a la enseñanza, el reconocimeinto de certificados, diplomas y grados, la exención de tasas y la concesión de becas.

La educación en el campo de refugiados.

Si nos centramos en la educación de los menores de 18 años (educación elemental), hay que diferenciar de unas situaciones a otras.
El presupuesto básico es que hoy día un gran número de refugiados son niños. Su vulnerabilidad física y psicológica, los hace merecedores de una mayor protección.
En zonas de guerra los niños están en peligro no sólo como víctimas de las armas, sino como presas de los combatientes. Secuestros, abusos y reclutamientos forzosos, así como su empleo en misiones arriesgadas, no son raros durante los conflictos armados.
Así pues, antes incluso de hablar del derecho a la educación del menor, hay que hacerlo del derecho a la vida y a la protección de su persona.
La educación es una necesidad básica, pero para satisfacerla hay que estar vivo y con salud. Se dice que transcurren de tres a seis meses desde que estalla una crisis de refugiados hasta que se puede empezar a organizar la provisión de educación. Pero el hecho es que muchos niños no reciben educación elemental.
Por regla general, la población escolar refugiada se representa con una pirámide cuya base (educación elemental) es muy ancha y cuyo vértice (la post-elemental) es muy estrecha -ya que los refugidaso tienen que trabajar para ganarse el sustento-; y lo mismo sucede en las zonas rurales de los países que abandonaron. En este nivel y en los superiores se tiende a ofrecer becas para que los que siguen estudiando acudan a las escuelas del país de asilo.
Un problema que afecta a las niñas refugiadas es que la educación de éstas no se considera tan importante como la de los niños en algunas sociedades, por lo que tienden a ser marginadas en la provisión de educación, tanto si hay escasez de medios como si no.
A la hora de proveer formación a los refugiados, varias son las cuestiones que hay que atender. En primer lugar, si en el país receptor la enseñanza no es universal, entonces las agencias que se ocupan d elos refugiados han de ofrecer servicios educativos tanto a los refugiados como a los nacionales, de forma que no se produzcan tensiones entre las dos poblaciones.
Si existe una red adecuada de centros escolares, entonces conviene que los niños refugiados acudan a ellas en lugar de hacerlo a escuelas separadas.
Si se prevé que los refugiados van a volver en un futuro no lejano, entonces conviene que se mantenga el currículum escolar que estaban recibiendo. Si no es así, entonces es preferible que se integre a los niños en el nuevo medio social, su sistema escolar incluido.
Tras la experiencia de una ruptura violenta en la vida habitual de los niños refugidaso de todo lo que les rodea, la vuelta a l escuela lleva consigo de nuevo la seguridad, la convivencia con otros niños, los juegos y las actividades, el conocimeinto, es decir, la bae de un desarrollo psico-social adecuado.
La lista de dificultades y requisitos a la hora de planificar la educación para refugiados es larga.
En cuanto a la planificación de la provisión educativa, varios son los problemas que hay que resolver. Se requiere la participación de los padres y los maestros de la comunidad refugiada, así como la de representantes educativos del gobierno receptor.
Los maestros son un elemento clave en la provisión educativa, ya que poseen la experiencia docente con la población a la que va destinada la enseñanza en el lugar de refugio.
Es importante darse cuenta de que las líneas generales de actuación resultan insuficientes en la realidad hasta que no se contrastan con las circunstancias particulares de la población refugiada. En un campo puede haber medios y espacio físico, mientras que en otro puede haber condicones de hacinamiento y falta de recursos.
A pesar de ello la población se organiza como puede incluso en laspeores condiciones. Se han dado clasess al aire libre en el desierto utilizando la arena del suelo como pizarra y una vara como tiza para hacer signos y dibujar sobre ella.
La formación profesional , en los casos en que resulta viable, ha de contribuir a que los egresados posean unas habilidades que les permitan luego ganarse la vida en el ugar de acogida e incluso en el de origen. Es importante por ello que las enseñanzas se ciñan al mercado de trabajo y se basen en prácticas reales y no en estudios teóricos.
No se acaba la actividad educativa de una comunidad en la escuela. La educación no formal y de adultos puede tener un papel importante mientras se planifica y organiza la educación escolar y luego como apoyo de ésta.
Tanto la educación formal como la no formal que exista en la comunidad refugiada ha de hacer hincapié en la promoción de conocimientos y hábitos que favorezcan la salud general de las personas (la nutrición adecuada, la prevención de enfermedaes y la solución pácifica de conflictos) y el cuidado del medio ambiente en el que habitan (conservación de la riqueza natural-agua, vegetación- y el ahorro de energía y recursos -combustibles y agricultura-).
La educación no formal tiene como ventaja de que puede ser organizada eimpartida por los propios refugiados, entre quienes están dispuestos a enseñar un oficio y los que desean aprenderlo; empleando sus conocimientos en labores de utilidad en su nuevo medio: construccion, agricultura, sastrería, primeros auxilios, cuidado de niños...


domingo, 6 de octubre de 2013

La educación de refugiados en Occidente.

Las dificultades de infraestructura, recursos y personal cualificado desaparecen si se abandona los países en desarrollo y se entra en Occidente. La provisión de educacíon en esta parte del mundo, por tanto, no presenta las mismas característias que la que se acaba de exponer.

Sin embargo, otro tipo de problemas aparece.

Estos han sido estudiados por Cathy Marsden
En su informe Education for Refugee Children (1985), a cargo del Quaker Council for European Affairs radicado en Bruselas, indica que el acceso a la educación para los niños refugiados en Europa es generalmente bueno aunque varía entre estados en teoría y práctica.
Algunos no hacen distinción entre solicitantes de asilo, refugiados de facto, personas autorizadas a residir por razones humanitarias y refugiadso reconocidos; otros sí lo hacen de acuerdo al estatus de la persona.

Por respetar el orden de prelación y antigüeda se puede acudir para empezar a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. En los casi 50 años a partir de su adopción por los países firmantes ha aparecido un buen número de documentos, ya sean piezas legislativas, ya sean convenios o declaraciones, que se han ocupado de la materia educativa: Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), Carta Social Europea (1980), Convención d elas Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (1989).

Los países de la Unión Europea son firmantes de la Convención de Ginebra de 1951 y del Protocolo de Nueva York de 1967. Esto supone, entre otras obligaciones, que han de cumplir los apartados 1 y 2 del Artículo 22 de la Convención citados anteriormente.

En la Recomendación 70 de la Comisión de Investigación del Racismo y la Xenofobia de la Comunidad Europea, hecha pública en Bruselas en 1991. Se pide literalmente: que todos los Estados miembros se comprometan a aplicar plena y eficazmente los términos de la directiva 77/486/CEE sobre la educación de los hijos de los trabajadores emigrantes y que apliquen asimismo esta directiva a los hijos de los ciudadanos comunitarios y no comunitarios residentes en la Comunidad Europea.

¿No sería mejor una legislación menos profusa y en su lugar una voluntad mayor a la hora de lograr lo que la Declaración de Derechos Humanos dejó sentado hace medio siglo y lo que, en definitiva, dicta el sentido común de acuerdo con las capacidades y los desarrollos del mundo actual y las aspiraciones humanitarias desde hace mucho más?
El aumento del número de documentos europeos acerca de la educacion no lleva consigo necesariamente un aumento de los beneficios educativos de las minorías.
Al hablar de la educación de los refugiados es preciso separar, al igual que se hace con la del resto de ciudadnos, la educación obligatoria de la post-obligatoria.
Se puede decir que en general dentro de la Unión Europea aquella atiende a todos los menores entre 6 y 16 años independientemente de su procedencia y estatuto legal en el país de acogida.

En el aula resulta claro que la postura que adopte el profesor y el ambiente que se origine en el aula habia este alumno, serán determinantes en la adaptación de éste a su entorno escolar.El profesor que se encuentra por vez primera en su aula con niños refugiados, ha de prestar atención a las características y necesidades que traen éstos consigo.También conviene conocer su personalidad e historia, y hasta donde sea posible las líneas culturales generales de la sociedad de la que proviene.
Se recomienda buscar el asesoramietno del centro de enseñanza, y si éste no lo puede ofrecer, el de especialistas en este campo. Valorar positivamente su presencia ante los demás miembros de la comunidad escolar y ofrecerle ayuda extraescolar por parte de alguno de sus miembros también contribuye a facilitar su integración.
Los problemas para el acceso al sistema educativo aparecen principalmente al comienzo de la etapa en que la enseñanza deja de ser obligatoria y es encontes el alumno quien ha de cubrir los costes de matriculación y otros asociados al estudio.
Para un joven o adulto cualificado en su pais de origen que consigue asilo en Europa, su problema con la titulación que obtuvo en aquél aparece si no tiene consigo los documentos que acreditan la formación que adquirío en ese país.
Las autoridades educativas en el de asilo pueden entoces suplir el documetno o bien invitar al refugiado a realizar exámenes que le conduzcan a la obtención de un título expedido por el país de asilo.

Se puede decir que la ley protege los derechos educativos de los refugiados y que no existe una discriminación deliberada hacia ellos en la enseñanza. Al ismo tiempo se puede añadir que diversas dificultades (desconocimiento idioma, dificultad de obtener información...) por parte de los paises de acogida, contribuyen a que el disfrute de las oportunidades educativas sea mucho más dificil para los refugiados que para los demás ciudadanos europeos.
Los que no son refugiados reconocidos, es decir, los solicitantes de asilo y las personas con permiso de estancia temporal, no gozan de los mismos derechos que los refugiados. La principal razón de esta diferencia de trato según el grupo al que una persona es adscrita es política.
Las autoridades responsables de destinar fondos públicos para extranjeros en unos tiempos que son de crisis también para los nacioanles, dejan fuera de los presupuestos a los no refugiados, con lo que los gastos son menores y con ello disminuyen las probabilidades de crear malestar entre los autóctonos.
Las organizaciones no gubernamentales de los países actúan como colchón de protección ante las diversas necesidades de los solicitantes de asilo y de los admitidos temporalmente que no son satisfechas por los gobiernos por la razón que sea.

Con la intención de ahorrar un dinero público, haciendo díficil a los refugiados disfrutarlo para su formación, los gobiernos europeos cometen un error. Primero proque lo que no se gastan de modo directo, se gasta de modo alternativo a través de instituciones privadas sin ánimo de lucro que son subvencionadas.
Segundo proque el refugiado más caro es el refugiado incapaz de valerse por sí mismo de la misma forma que lo hace cualquier otro ciudadano. Un refugiado capaz de obtener un puesto de trabajo acorde con su formación pasa a ser un ciudadno productivo que paga impuestos y contribuye a la riqueza del país. En caso contrario es una carga que crea frustración personal y descontento social.


Quizá no se puede hablar de un racismo militante, pero sí de una actitud de rechazo encubierta. Esta se manifiesta no en ataques dialécticos hacia los inmigrantes, sino en actitudes solapadas de discriminación y abandono.
No subvencionar clases de apoyo a los refugiados que precisan ayuda en el idioma, no promover servicios de orientación adecuados, exigir plazos de tiempo y requisitos de residencia para el acceso a becas y servicios que no pueden satisfacer los refugiados (con documentación renovable periódicamente, sin domicilo fijo), son ejemplos de actitudes que inevitablemente contribuyen a la exclusión de los refugiados.

El caso español.

En lo que a España se refiere, la ley sobre refugiados en vigor- Ley 12/2009 de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria- menciona la cuestión de la educacíon en sua rtículo 36, apartados f y g:
F) El acceso a la educación, a la asistencia sanitaria, a la vivienda, a la asistencia social y servicios sociales, a los derechos reconocidos por la legislación aplicable a las personas vícitimas de violencia de género, en su caso, a la seguridas social y a los programas de integración, en las mismas condiciones que los españoles;
g) El acceso, en las mismas condiciones que los españoles, a la formación continua u ocupacional y al trabajo en prácticas, así como a los procedimientos de reconocimiento de diplomas y certificados acádemicos y profesionales y otras pruebas de calificaciones oficiales expedidas en el extranjero.
Además se ha de aplicar en el territorio el art.22 de la Convención de 1951, que trata de la educación.
La situación se complica para los refugiados que desean estudiar pasada la etapa de enseñanza obligatoria y universal; y que al igual que otros de su misma generación, aun conviene que sigan su formación hasta la madurez en el bachillerato y el Universidad.
El principal problema es que generalmente se ven en la necesidad de trabajar para asegurarse unos ingresos, lo que les priva de acudir regularmente a un centro de enseñanza.
Para cubrir los gastos d ela enseñanza pueden solicitar la concesión de una beca, bien de fondos públicos, estatales y locales. Aquí la dificultad estriba principalmente en conseguir la información y luego en cumplir con los requisitos de concesión: notas, residencia, cantidad asignada insuficiente...
En cuanto a la convalidación de títulos y diplomas de instituciones de enseñanza extranjera; el Ministerio de Educación y Ciencia admite pruebas indirectas de titulaciones si el refugidado no puede presentar sus documentos originales debido a su pasado de persecución. No hay límites en el número de veces que los solicitantes se pueden presentar a la prueba.

La educación de los anfitriones.

Cuando se habla de la educación de inmigrantes y de refugiados, así como de minorías, se presta ninguna o poca atención a la educación de los nacionales y de las mayorías que acogen a aquéllos.
Se entiende que sólo los primeros necesitan una formación que les haga más fácil su integración en la sociedad, mientras que los nacionales ya saben todo lo que se necesita saber sobre su propia sociedad.
Resulta conveniente que la sociedad receptora conozca a los inmigrantes y se asome al mundo más allá de sus fronteras, que no exista una educación exclusivamente en un lado sin que el otro se sienta aludiddo.
La educación de los nacionales sobre cuestiones relatvivas a la inmigración, el asilo y en general el mundo exterior, está encaminada a la prevención de actitudes e incidentes racistas y xenófobos entre la población nacional, además de a enriquecer sus conocimientos y su formación himan general.
Son muchos los que necesitan desprenderese de prejuicios culturales y sociales y cambiar su visión distorsionada sobre la realidad.


En no pocas ocasiones se puede decir que son los nacionales los que más precisan de una educación específica. Si se observa el patrón de incidentes que cabe considerar racistas, se aprecia que los actos violentos y driscriinatorios se producen por parte de los nacionales hacia los inmigrantes y no al revés.
En los inmigrantes, lo normal es la absorción cultural y, como mucho, la celebración aislada de manifestaciones culturales de grupos reducidos que no trascienden la esfera privada.

Es siempre superior el interés por aprender la otra cultura entre los inmigrantes que entre los nacionales. Bien es cierto que por supervivencia y por propio interés.
Como resultado de esto, en muchas ocasiones, los que se supone que proceden de cultural inferiores y de países menos desarrollados, poseen un nivel cultural y unos conocimientos superiores a los que tienen los nacionales. No es raro que dominen dos o más lenguas, que posean una experiencia rica y diversa y un conocimiento amplio del mundo, algo que no está al alcance de muchos nacionales.
Si volvemos la mirada hacia los alumnos autóctonos, que en las aulas han de aprender algo acerca de la política internacional, la historia mundial y los movimientos de poblaciones, resulta que no existe de modo generalizado una enseñanza específica sobre la cuestión.
Esta enseñanza sobre los refugiados permanece como un asunto del que se ocupan solamente aquellas escuelas afectadas por el mismo, bien por tener refugiados en el área donde se instalan, bien por tenerlos ddentro del propio recinto escolar, bien porque sus profesores están muy interesados por la cuestión.
Allí donde las autoridades educativas no han considerado pertinente incluir en los temarios de enseñanza, materiales didácticos que se ocupen de los refugiados, las organizaciones no gubernamentales han tenido ocasión de contribuir con los suyos para despertar entre el alumnado autóctono la conciencia sobre el problema.
Diversas ONGs han publicado materiales didácticos para su difusión en centros de enseñanza primaria y secundaria, y también materiales de sensibilización para la población general.
Esta enseñanza cabe en el campo más amplio de educación para la paz, los derechos humanos, la democracia, la tolerancia, la cooperación entre los pueblos-tema transversal-, que se inserta dentro de la asignatura de ciencias sociales y humanas, aunque también tiene cabida en otros lugares del currículum.
En cuanto a los contenidos de la formación conviene paso a paso:
  • Resaltar primero la situación mundial con las diferencias entre países desarrollados y en desarrollo.
  • A continuación mostrar que, como consecuencia de las relaciones internacionales y otros factores, se producen los movimientos de refugiados.
  • Luego, mediante el recurso a ejemplos reales, dar a conocer la vida en persecución y en condiciones de privación y peligro del refugiado.

Lecturas recomendadas.

ACNUR (www.acnur.org)
Publica numerosos informes que cubren numerosos aspectos de la cuestión de los refugiados y otras relacionadas, entre las que destaca la legislación internacional, la situación de los países concernidos, estadísticas sobre el refugio, la actuación del propio ACNUR y otras agencias en este problema.
Ejemplo de estas publicaciones son:
  • Directrices del ACNUR para la determinación del interés superior del menor (23008).
  • Los niños refugiados: directrices sobre protección y cuidado (1994).
  • Educación. Guía para las oficinas de campo (2003).
En España existe una sección nacional en (http://www.eacnur.org/

Comisión Española de Ayuda al Refugiado CEAR (www.cear.es)
Una organización no gubernamental fundada en 1979, de acción voluntaria, humanitaria, independiente y plural. Su objetivo es el de trabajar junto a los ciudadanos por la defensa del derecho de asilo.
Además de la atención jurídica y social a los refugiados y las campañas de sensibilización, CEAR dispone de un centro de documentación abierto al público interesado y edita materiales diversos.

Journal of Refugee Studies (http://jrs.oxfordjournals.org/).
La Universidad de Oxford publica el Journal of Refugee Studies (revista de Estudios sobre Refugiados), la cual se presenta como un foro para la exploración de los complejos problemas de la migración forzada y las respuestas nacionales, regionales e internacionales. Se publica en asociación con el Centro de Estudios sobre Refugiados de la Universidad de Oxford.
La revista cubre todas las categorías de personas desplazadas de modo forzoso. Los artículos se ocupan de la comprensión teórica de la migración forzada, el conocimiento avanzado de los conceptos, las políticas y la práctica que más interesan el mundo académico y profesional.

Revista de Migraciones Forzadas (RMF) (http://www.fmreview.org/es/).
Se publica tres veces al año. Es la edición española de Forced Migration Review, editada por el Centro de Estudios sobre Refugiados del Departamento de Desarrollo Internacional de Oxford. Se puede consultar su archivo de lo publicado desde 1987 de forma gratuita por Internet.
A diferencia de la primera, que es de carácter académico, ésta anima a los lectores a convertirse en colaboradores mediante el envió de artículos sobre cualquier aspecto del refugio en la actualidad.
es la edición española de Forced Migration Review, editada también en inglés, árabe y francés por el Centro de Estudios sobre Refugiados del Departamento de Desarrollo Internacional de Oxford, Universidad de Oxford - See more at: http://www.fmreview.org/es/#sthash.OSiKMZnt.dpuf
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